1.
Es necesario que
exista un contrato laboral de trabajo.
2.
Identificar a fondo
las causas del despedido con pruebas.
3.
Proceder a probar con
evidencias y justificar el despido, en este caso la enfermedad contagiosa o
crónica la cual no ha sido posible curar.
4.
Se le notifica al
trabajador la decisión que se ha tomado.
5.
Finalmente, la
indemnización y pagos adecuados al trabajador.
6.
A parte de recibir las
prestaciones sociales y la indemnización, dicho trabajador también tiene
derecho a recibir un auxilio monetario por parte del empleador durante el lapso
de tiempo que se encuentre en dicha incapacidad, así las dos terceras partes
(2/3) del salario durante los primeros noventa (90) días y la mitad del salario
por el tiempo restante, según lo estipulado en el artículo 227 del código
Sustantivo del trabajo.
7.
El empleador debe presentar ante el
ministerio de trabajo documentos que comprueben el por qué el trabajador no
podrá seguir laborando y de la igual manera presentar la responsabilidad de las
prestaciones e indemnizaciones correspondientes.
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